jueves, 12 de marzo de 2009

BOGOTA: ALCALDE SAMUEL MORENO COMBATE EXPLOTACION LABORAL DE COOPERATIVAS

EL ALCALDE DEL POLO DEMOCRATICO PROHIBIÓ CONTRATAR CON COOPERATIVAS DE TRABAJO ASOCIADO,EN ADELANTE LOS TRABAJADORES DE LA SECRETARÍA DE SALUD TENDRÁN VINCULACIÓN DIRECTA CON LAS INSTITUCIONES. BUENA ESA COMPAÑERO SAMUEL MORENO, AHORA SE DEBE AVANZAR A OTRAS DEPENDENCIAS Y EMPRESAS DE LA ALCALDIA DE BOGOTÁ.


ALCALDE DE BOGOTÁ PROHÍBE CONTRATACIÓN EN HOSPITALES PÚBLICOS A TRAVÉS DE COOPERATIVAS

Prensa. SDS

Para garantizar derecho al trabajo

Por instrucciones del Alcalde Mayor de Bogotá, Samuel Moreno Rojas y con base en estudios realizados por la Secretaría Distrital de Salud, todos los Hospitales de la Red Pública Distrital deberán suspender la contratación de sus servidores a través de las cooperativas de trabajo asociadas por generar relaciones inequitativas a nivel laboral y vulneración de los derechos de los trabajadores.

Por medio de una directriz emitida desde su despacho, el Alcalde Mayor le dio indicaciones a la Secretaría Distrital de Salud para que las Empresas Sociales del Estado se abstengan de contratar bajo esta modalidad dado las múltiples quejas y reclamaciones de personas que prestan sus servicios profesionales y ocupacionales en dichas cooperativas.

“En mi calidad de Alcalde Mayor de la Ciudad asumí compromisos con los trabajadores de la salud representados por sus organizaciones sindicales, los cuales he reiterado en el Comité Distrital de Diálogo y Concertación Laboral” señaló el mandatario distrital en la comunicación enviada al Secretario de Salud, al sustentar la decisión tomada.

Por ello, de ahora en adelante las gerencias de los hospitales de la red pública distrital deben abstenerse de suscribir nuevos contratos para los trabajadores a través de cooperativas y a la vez buscar alternativas de vinculación laboral que dignifiquen y motiven el talento humano.

En 2002 la OIT recomendó que en el caso de las cooperativas, los asociados debían recibir compensación por el trabajo y distribución equitativa de los excedentes y además señaló que no se podrían crear o utilizar cooperativas para evadir la legislación del trabajo. Esta recomendación fue retomada por la Procuraduría General de la Nación en 2005 y por la Comisión Intersectorial para promover la formación del “trabajo decente” en el sector público.

De esta manera, la SDS conjuntamente con los hospitales de la red pública distrital deberán deberá propiciar diferentes alternativas para la vinculación del personal dentro de las cuales se garantice el compromiso que favorezca las condiciones de trabajo digno al interior de las instituciones públicas, teniendo en cuenta la opinión de las organizaciones sindicales.

Por su parte, el Secretario Distrital de Salud indicó que celebra la decisión tomada por el Alcalde Mayor de Bogotá, ya que garantiza el derecho al trabajo en condiciones dignas y que como cabeza del sector salud vigilará el estricto cumplimiento de la decisión.

Trabajo digno

Uno de los principales compromisos adoptados por el Gobierno de la Ciudad con los trabajadores de la salud, fue la de suscribir un acuerdo donde se establecieran mecanismos para superar la tercerización laboral y que permitieran modificar el sistema de contratación.

Por esta razón se adelantó un estudio por parte de la SDS a través del cual se encontraron las siguientes desventajas en el tema de cooperativas de trabajo asociado:

· Cuando las cooperativas de trabajo asociado actúan como intermediarias laborales enviando trabajadores en misión pues desnaturalizan la actividad empresarial de la cooperativa de trabajo asociado.
· Desconocimiento de relaciones laborales o la vulneración de los derechos de los trabajadores asociados.

· Los aportes al sistema general de seguridad social (salud - pensión) se realizan sobre la base de un salario mínimo y no sobre la totalidad de lo percibido en calidad de compensación por el asociado.

· Los descuentos realizados por las cooperativas de trabajo asociado en calidad de administración no se traducen en beneficios para los cooperados.
· Los trabajadores asociados de las Cooperativas Asociativas de Trabajo no son los verdaderos dueños de la cooperativa.

· Los trabajadores asociados no perciben a través de esta forma de vinculación ningún tipo de estímulo salarial: vacaciones, primas, cesantías etc.

· La diferencia en la compensación y honorarios en las empresas sociales del estado, trae como consecuencia la alta rotación del personal en los Hospitales.
· No existe sentido de pertenencia del asociado con el Hospital, ya que este suscribe contrato con la cooperativa y no con la ESE.

Los contratos con cooperativas que estén suscritos y/o en ejecución deberán ser culminados preservando los derechos de las Cooperativas y sus asociados.

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