lunes, 21 de abril de 2008

Comisión Segunda de Gobierno


Comisión Segunda de Gobierno
Definición
Competencia
Mesa Directiva
Miembros de la Comisión
Definición
Dentro del marco legal, la Constitución Política en su Capítulo IV, artículos 322 al 326, establece el Régimen Especial en lo político, fiscal y administrativo para el Distrito Capital, señalando la composición del CONCEJO DISTRITAL, delineando normas generales acerca de su estructura y funcionamiento.

El Decreto Ley 1421 de 1993, "Estatuto Orgánico de Santa Fe de Bogotá, D.C.", en su TITULO II, CAPITULO II -Actuaciones- Artículo 19, señala: " Comisiones. El Concejo creará las Comisiones que requiera para decidir sobre los proyectos de acuerdo en primer debate y para despachar otros asuntos de su competencia.

Todos los concejales deberán hacer parte de una comisión permanente. Ningún concejal podrá pertenecer a más de una comisión".

El Concejo de Bogotá, D.C., expidió el Acuerdo 095 de 2003 Reglamento Interno del Concejo , el cual en su artículo 28 direcciona la competencia funcional de la Comisión de Gobierno.

La Comisión Segunda Permanente de Gobierno dedica sus deliberaciones al examen de los temas que le son propios en materia normativa, al análisis y evaluación de los informes trimestrales que deben rendir los funcionarios de la Administración, a aprobar en primer debate los Proyectos de Acuerdo que sean sometidos a su consideración y a la realización de los debates de control político que hayan sido aprobados en las citaciones de la Comisión sobre asuntos propios de la misma.
Competencia
El Artículo 28 del Acuerdo 095 de 2003 Reglamento Interno del Concejo , señala la competencia de la Comisión en los siguientes temas:
Código de Policía.
Normas de Tránsito y Transporte.
Normas de regulación, preservación y defensa del patrimonio cultural.
Estudio de facultades Pro-Témpore al Alcalde sobre materias de competencia de esta comisión.
Normas sobre la estructura de la Administración Central y sus funciones. creación y supresión de empleos en el Distrito Capital y en el Concejo Distrital, creación, constitución, supresión, transformación y fusión de establecimientos públicos, empresas industriales y comerciales, sociedades de economía mixta y participación del Distrito Capital en otras entidades de carácter asociativo.
Normas sobre la organización de la Personería del Distrito Capital.
Normas sobre la organización de la Contraloría del Distrito Capital.
Reglamento Interno del Concejo y determinar la estructura orgánica del mismo.
Normas sobre educación, salud, bienestar social, deporte, recreación, turismo y cultura ciudadana.
Mesa Directiva

Presidente: Severo Antonio Correa Valencia
Primer Vicepresidente: Alvaro Caicedo
Segundo Vicepresidente: Gustavo Alonso Páez Merchan
Secretario: Elba Ligia Acosta Castillo

Miembros de la Comisión

Angela María Benedetti Villeneda
María Angelica Tovar Rodriguez
Álvaro Argote Muñoz
Julio Cesar Acosta Acosta
Alvaro Hernan Caicedo Escobar
Jaime Caicedo Turriago
Severo Antonio Correa Valencia
Carlos Orlando Ferreira Pinzón
German Augusto Garcia Zacipa
Javier Alonso Lastra Fuscaldo
Fernando Lopez Gutierrez
Hipolito Moreno Gutierrez
Segundo Celio Nieves Herrera
Humberto Quijano Martinez

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